sábado, 21 de septiembre de 2019

Unidad 1. Actividad 1. Consultor ambiental

Introducción:

En esta actividad identificarás, mediante un análisis, las principales problemáticas de contaminación de un caso propuesto.

Para su desarrollo, deberás leer el siguiente caso:

Derrame con Ácido Sulfúrico en los Ríos Bacanuchi y Sonora en 2014.

Imagina que eres Consultor Ambiental y atiendes a diferentes personas que acuden a solicitar tus servicios, en este caso, los representantes de varios municipios aledaños a los ríos en Sonora para dar solución a la contaminación del río el cual afecta la calidad del agua que provee a sus pobladores y la biodiversidad.

Después de revisar más de 40 muestras tomadas del río CONAGUA (Comisión Nacional del Agua) comento que la responsabilidad del vertido del ácido es de la mina de Buenavista del Cobre, una de las más grandes del mundo. Los pobladores quieren llevar a cabo una denuncia para que se cumplan las leyes y se revierta la contaminación del Río.


Desarrollo:

Derrame con Ácido Sulfúrico en los Ríos Bacanuchi y Sonora en 2014.

¿Cuáles son las problemáticas detectadas en el caso? Deberás enlistarlas.

Las problemáticas encontradas en este caso son muy serias y diversas, a continuación, se nombrarán las más importantes:

1.       El derrame de alrededor de 40,000m3 de solución de ácido sulfúrico en las tierras aledañas a la mina Buena Vista del Cobre y la posterior llegada de este mismo derrame a los afluentes de los ríos Bacanuchi y Sonora.

2.       La afectación a los municipios de Cananea, Arizpe, Banámichi, San Felipe de Jesús, Aconchi, Boviácora, Ures y Hermosillo.

3.       La provocación de la muestre de diversos animales silvestres y ganado, además de la contaminación de la tierra por causa de este derrame, afectando a toda la flora.

4.       La suspensión del suministro de agua potable a una población de al menos 3,000 habitantes a causa de la contaminación por ácido sulfúrico en los afluentes.

5.       La falta de un protocolo de alerta en caso de este tipo de contingencias. Ya que los pobladores no fueron avisados sino hasta tres días después del desastre ecológico.

6.       El cierre total de pozos y la restricción de la toma de agua en al menos 500m a los costados de los ríos.

7.       La falta de tecnología para la eliminación de metales pesados en los posos y plantas tratadoras de agua potable en la entidad.

8.       El cierre de la Unidad de Vigilancia Epidemiológica y Ambiental (UVEAS)

¿Qué normas, leyes y reglamentos utilizarías para resolver el problema? Deberás enlistarlas en federales y estatales.

Leyes Federales.

·         Ley Federal de Protección Civil.

·         Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

o  Artículo 5. Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental

o  Artículo 28.

o  Artículo 127.

·         Ley de Aguas Nacionales.

·         Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

o  Artículo 1 sección XVIII.

o  Artículo 2 secciones II, III y IV.

o  Artículo 68

o  Artículo 69

o  Artículo 70

o  Artículo 77

·         Ley General de Vida Silvestre.

·         Ley de Responsabilidad Ambiental.

·         Ley de Desarrollo Forestal Sustentable.

·         Ley General de Salud.

o  Artículo 116

o  Artículo 117

o  Artículo 182

o  Artículo 183

o  Artículo 184

·         Le y de minería.

o  Artículo 34

o  Artículo 39

o  Artículo 43

·         Código Penal Federal

Normatividades.

·         NOM–159–SEMARNAT–2001. Que establece los requisitos de protección ambiental de los sistemas de lixiviación de cobre, uno de ellos consistente en impermeabilización del depósito, de tal manera que los ácidos oxidantes y los metales no sean absorbidos por el suelo hacia el subsuelo y los mantos freáticos.

·         NOM–127–SSA1–1994. Donde se establecen los límites máximos permisibles de arsénico, cadmio, cobre, cromo y mercurio.

·         NOM–120–SEMARNAT–1997. Que establece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de exploración minera directa, en zonas agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos y templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinos.

·         NOM–141–SEMARNAT–2003. Que establece el procedimiento para caracterizar los jales, así como las especificaciones y criterios para la caracterización y preparación del sitio, proyecto, construcción y posoperación de presas de jales.

Reglamentos:

·         Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios.

o  Artículo 2 Fracción I inciso a) y Fracción II inciso e)

·         Reglamento Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

o  Artículo 130 Fracción II.

o  Artículo 131

Leyes estatales

·         Ley de la Comisión de Ecología y Desarrollo Sustentable del Estado de Sonora.

·         Ley de Agua del Estado de Sonora.

·         Ley de Salud para el Estado de Sonora.

·         Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Sonora

·         Ley de Promoción y Fomento Minero para el Estado de Sonora.

·         Reglamento de la Ley de Protección Civil del Estado de Sonora.

·         Reglamento de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Sonora

Acuerdos.

·         Acuerdos de Cooperación Ambiental y Laboral para América del Norte.

¿Cómo Consultor Ambiental que solución propondrías?

Dependiendo de cuál de las partes sea el que me contrate como consultor ambiental es como se ve el enfoque de la problemática. Por consiguiente, me inclino por poner el enfoque como consultor por la parte afectada y no por la empresa minera.

En primer lugar, buscaría abrir un canal de comunicación entre ambas partes, tanto la empresa minera Buena Vista del Cobre, S.A. de C.V. y el gobierno del Estado de Sonora.

Posteriormente se realizaría un análisis de los afluentes contaminados tales como el arroyo Tinajas, los ríos Bacanuchi y Sonora, además de la presa “El Molinito”, los cuales son los principales afluentes que surten de agua a los municipios. Realizando un informe detallado de las condiciones en que se encuentran en estos momentos dichos vasos lacustres y establecer el grado de riesgo para la salud pública.

Realizaría una consulta exhaustiva sobre los artículos infringidos tanto en la leyes federales, estatales, normatividades, reglamentos y acuerdos por parte de la empresa minera Buena Vista, S.A. de C.V., para establecer cuáles son las denuncias pertinentes al caso y realizar las demandas correspondientes a la misma.

Sustentaría con datos estadísticos, geográficos y de salud la necesidad de construir mayores represas con el fin de evitar posteriores desastres como el ya suscitado, instando a las autoridades a realizar dicho programa de manera prioritaria.

Pediría la urgente apertura de la Unidad Provisional de Vigilancia Epidemiológica y Ambiental (UVEAS) e instaría a las autoridades correspondiente a que ordene de manera inmediata la construcción de las plantas tratadoras de agua para filtración de metales pesados por parte de la empresa minera y la construcción de la Unidad de Vigilancia Epidemiológica y Ambiental (UVEAS) para que dicha unidad tenga en completa monitorización el grado de daño ecológico realizado por el derrame de ácido sulfúrico y las consecuencias de dicho derrame en la salud de los pueblos afectados.

También realizaría una encuesta con las poblaciones afectadas, en busca de opiniones sobre la posible clausura de dicha empresa, dado los recurrentes problemas no solo medioambientales, sino también económicos y de salud que se han suscitado a causa de ella.

Referencias

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (2018). Recuperado el 21 de septiembre de 2019, de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/263_190118.pdf

Convenio de Remediación PROFEPA - Grupo México. (15 de septiembre de 2014). México. Recuperado el 21 de septiembre de 2019, de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/341077/Convenio_Remediacion_PROFEPA-Grupo_Mexico_15092014.pdf

Gaceta del Senado. (26 de agosto de 2014). Recuperado el 21 de septiembre de 2019, de http://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/49907

(2015). Informe de Investigación. Proyecto de Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER), México. Recuperado el 21 de septiembre de 2019, de https://www.projectpoder.org/wp-content/uploads/2015/09/An%c3%a1lisis-de-incumplimientos-de-la-normatividad-ambiental-por-parte-de-BDC.pdf

Lamberti, M. J. (27 de julio de 2018). Análisis del Fideicomiso Río Sonora. 25. (F. Hopenhaym, Ed.) México: Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER). Recuperado el 21 de septiembre de 2019, de https://www.colaboratorio.org/wp-content/uploads/2018/07/analisis-FRS.pdf

Méndez, E., & Sanchez Dorame, D. (7 de agosto de 2016). Sonora aún resiente daño ecológico; derrame de mina Buenavista. Excélsior. Recuperado el 21 de septiembre de 2019, de https://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/08/07/1109510#imagen-3

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (agosto de 2014). Recuperado el 21 de septiembre de 2019, de http://www.semarnat.gob.mx/sites/default/files/documentos/presentacion_conferencia_derrame.pdf

Toscana Aparicio, A., & Hernández Canales, P. d. (s.f.). Gestión de riesgos y desastres socioambientales. El caso de la mina Buenavista del cobre de Cananea. Investigaciones Geográfica(93). Recuperado el 21 de septiembre de 2019, de http://www.investigacionesgeograficas.unam.mx/index.php/rig/article/view/54770/53006

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Unidad 2. 1. Antecedentes normativos en suelos

  Es importante conocer los sistemas normativos con respecto a la contaminación del suelo, dado que son estos los que regulan los límit...